Como una acción preventiva Alcaldía de Riosucio regula la velocidad de vehículos en la cabecera municipal.

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Con fecha del 13 de febrero la alcaldía de Riosucio Chocó, publicó el decreto 159 por medio del cual se hace regulación de la velocidad máxima permitida en el área urbana de este municipio.

A través del acto administrativo el alcalde Juan Moreno Mena, establece que el límite máximo de velocidad en las vías urbanas del municipio de Riosucio Chocó, será de 30 kilómetros por hora en los siguientes casos según lo mencionado en el artículo 74 de la ley 769 de 2002:

En lugares de concentración de personas y en zonas residenciales, en zonas escolares, cuando se reduzcan las condiciones de visibilidad, cuando haya proximidad a una intersección, los lugares con altos volúmenes de peatones y ciclistas o lugares de concentración de personas donde pueden existir conflictos entre vehículos motorizados y usuarios vulnerables.

Con la medida la administración municipal busca proteger la integridad de peatones y conductores, dado a los altos índices de accidentalidad por los actos de imprudencia de los diferentes actores viales, dentro de los que se destaca el exceso de velocidad.
Aunque el documento no identifica las autoridades facultades para hacer cumplir la medida, si señala que el incumplimiento de las medidas previstas en el presente decreto, dará lugar a la aplicación de las sanciones establecidas en el artículo 131 de la Ley 769 de 2002 o las normas que la modifiquen o sustituyan.

 

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