“Revisión de Tutela Destapa Errores en el Caso de la Suspensión del Gobernador del Chocó, Ariel Palacios Calderón”

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La Presidencia de la República ha emitido una rectificación en la respuesta a una acción de tutela presentada por José Luis Palacios Ramírez, alegando una omisión significativa en la información inicialmente presentada.

José Luis Palacios Ramírez (jlkpr95@gmail.com), quien inicialmente promovió la Acción Constitucional de Tutela para solicitar el amparo de sus derechos fundamentales de petición y dignidad humana, alegó que la falta de una respuesta clara y de fondo a sus peticiones estaba vulnerando los mencionados derechos.

En respuesta, la Presidencia de la República presentó una contestación inicial a la acción de tutela. Sin embargo, recientemente solicitó al despacho que no se tomara como cierto parte del memorial inicial, específicamente el primer inciso de la página 9 y el primer inciso de la página 10 del aparte VII del memorial. El motivo de esto se debe a que se omitió la totalidad de la información recibida por el Gobierno Nacional relacionada con el expediente en cuestión.

El caso gira en torno al Decreto 1577 de 2022, que llevó a la suspensión del señor Ariel Palacios Calderón de su cargo como Gobernador del Departamento del Chocó. Esta suspensión se basó en una medida de aseguramiento impuesta por la Sala Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá en 2022. Sin embargo, comunicaciones recientes de varias figuras judiciales clave, entre ellas el Fiscal 12 Delegado ante la Corte Suprema de Justicia, Víctor Salcedo Fuentes, y los magistrados Jaime Andrés Velasco y Luis Enrique Bustos, han indicado que dicha medida de aseguramiento “perdió vigencia”.

Por lo tanto, la medida que resultó en la suspensión del señor Calderón no tiene ya validez, y no debía emitirse un pronunciamiento en torno a la suspensión del cargo de gobernador del Departamento del Chocó del señor Calderón. La Presidencia ha destacado estas comunicaciones recientes y ha presentado una aclaración sobre su respuesta inicial a la acción de tutela.

 

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