Ley 70: una victoria de los afrocolombianos que el Estado aún no cumple del todo.

0
164

Por Camilo Alzate González.

En 1993 se aprobó esta emblemática ley, fruto de la lucha de los pueblos afrocolombianos. Aunque es un gran avance en materia de titulación de tierras y reconocimiento jurídico, dicha norma conserva vacíos en su implementación que ningún gobierno ha querido subsanar.

La movilización de las comunidades, que incluyó marchas, tomas de iglesias y dependencias oficiales, consiguió que un artículo transitorio de la nueva Constitución desembocara en la promulgación de la ley 70 de 1993.
En los archivos de la iglesia católica del Chocó reposan aún las copias de un telegrama que en los primeros meses de 1991 llegó de forma masiva a todos los miembros de la Asamblea Nacional Constituyente.

Más de 10.000 telegramas fueron enviados desde todos los rincones del Pacífico colombiano a los Constituyentes. En cada uno de ellos podía leerse alguna de estas leyendas: “Los negros existimos” y también “Colombia multiétnica y pluricultural exige reconocimiento de los derechos de las comunidades negras como grupo étnico”. A esta estrategia para captar la atención de quienes discutían el contenido de la nueva carta magna se la conoció como el “telegrama negro” y su finalidad era lograr que la Constitución Política incluyera un apartado especial reconociendo derechos a las comunidades afrocolombianas.

El Pacífico colombiano experimentaba en aquella época la efervescencia de un potente movimiento social impulsado por algunos sectores de la iglesia católica, que buscaba frenar el extractivismo para proteger las tierras ancestrales de las comunidades indígenas y afrocolombianas. A finales de la década del ochenta se crearon grandes organizaciones de las comunidades negras como la Asociación Campesina Integral del Atrato y la Asociación Campesina del San Juan, que luego se convertirían en los mayores Consejos Comunitarios del país. La primera reivindicación de este movimiento fue que se titularan los territorios del Pacífico, hasta entonces considerados baldíos, a quienes son sus habitantes ancestrales: indígenas y afrocolombianos.

En ese mismo contexto irrumpió el proceso de construir una nueva Constitución Política, en donde los negros quedaron sin representación, pues aunque varios constituyentes venían del movimiento indígena, como Lorenzo Muelas y Francisco Rojas Birry, en cambio no había ningún vocero de las comunidades afrocolombianas. Pero las organizaciones étnicas se dieron a la tarea de incidir en quienes discutían la nueva constitución para que los derechos de los afrocolombianos quedaran inscritos en ella.

La movilización de las comunidades, que incluyó marchas, tomas de iglesias y dependencias oficiales, consiguió que un artículo transitorio de la nueva Constitución desembocara en la promulgación de la ley 70 de 1993, que tiene por objeto “reconocer a las comunidades negras que han venido ocupando tierras baldías en las zonas rurales ribereñas de los ríos de la Cuenca del Pacífico, de acuerdo con sus prácticas tradicionales de producción, el derecho a la propiedad colectiva”.

Hay un consenso dentro de las organizaciones étnicas de que aquella fue una enorme victoria de las comunidades afrocolombianas. De ser sobrevivientes a la esclavitud y víctimas del racismo histórico pasaron a tener una ley que consagraba sus derechos a la autodeterminación y titulaba casi todo el litoral Pacífico para ellos, en una figura de propiedad con similitudes a los resguardos indígenas.

La ley 70 cimentó el inicio de los Consejos Comunitarios como órganos de decisión en aquellos territorios, además dio fuerza a la consulta previa con las comunidades, requisito indispensable antes de desarrollar cualquier megaproyecto o intervención en sus tierras. Con la titulación colectiva de las tierras a las comunidades se frenaron parcialmente dinámicas devastadoras como la expansión del latifundio ganadero y la deforestación que conlleva, también el arrasamiento que compañías madereras hacían a lo largo y ancho del litoral Pacífico, sin mayores beneficios para las comunidades que ancestralmente habían habitado estos territorios.

Pero aunque la ley significó un gran avance en la titulación de tierras y el reconocimiento de los afrocolombianos como minoría étnica que es sujeto de derechos, 29 años después de su promulgación aún tiene vacíos y falencias que las comunidades, año tras año, piden subsanar. La reglamentación total de la ley 70 ha sido una exigencia constante en los paros cívicos del Chocó y el Pacífico, sin que el gobierno nacional haya tomado medidas para cumplir con este compromiso.

“No se ha reglamentado el capítulo 4 que tiene que ver con recursos naturales”, explica José Santos Caicedo, del equipo coordinador del Proceso de Comunidades Negras en Buenaventura y el Pacífico caucano. “En el segundo gobierno de Santos la propuesta de decreto quedó en el despacho de él, porque se trabajó con el Minambiente y se consultó con las comunidades”, puntualiza Caicedo. El presidente nunca lo firmó.

“No se ha reglamentado el capítulo 5 que tiene que ver con los recursos mineros”, prosigue Caicedo, “no se ha reglamentado el capítulo 7 que tiene que ver con el modelo de desarrollo, para que los territorios puedan fomentar su desarrollo económico y cultural. Si hoy se hace una reglamentación debe ajustarse para compensar todo lo que se dejó de implementar”, concluye este líder afrocolombiano.

En octubre de 2021 la Cumbre Nacional del Pueblo Negro hizo un balance de la ley 70 y su implementación, donde se recalcaron también los grandes avances que ha significado para las comunidades.

“Se adoptó una política pública de etnodesarrollo para los pueblos negros y se avanzó en la autonomía y autodeterminación, por ejemplo tenemos la consulta previa”, explica la abogada María Fernanda Angulo, asesora de varias organizaciones afrocolombianas y Consejos Comunitarios del Pacífico. “Uno de los mayores logros es que tenemos 5.700.000 de hectáreas adjudicadas y tituladas, es un nivel alto de cumplimiento a la meta que se propuso la ley”, dice Angulo. “Pero gran parte de los capítulos no se han reglamentado, la ausencia de reglamentación impide que la ley se implemente, falta todavía desarrollar bien la participación política y lo organizativo”.

Y apenas un par de meses antes de dicha cumbre, el 26 de agosto de 2021, el Tribunal Administrativo del Cauca se pronunció sobre una acción de cumplimiento que había llegado a su despacho pidiendo que por vía judicial se ordenara al ejecutivo la reglamentación de los artículos de la ley que aún seguían pendientes. El Tribunal le dio la razón al demandante y ordenó al gobierno nacional que en el término de seis meses debía reglamentar varios artículos de la ley, cosa que hasta el momento no ha sucedido.

“No existe un presupuesto que vaya para cumplir lo que dice la ley 70, necesitamos asignar y ejecutar recursos para que se haga real la ley”, insiste la abogada María Fernanda Angulo, “ya hay acciones judiciales para que se declare un estado de cosas inconstitucionales, porque hay una violación constante de los derechos de los afrodescendientes”.

Fuente: https://www.elespectador.com/colombia-20/paz-y-memoria/ley-70-de-1993-una-victoria-de-los-afrocolombianos-que-el-estado-aun-no-cumple-del-todo/?fbclid=IwAR3ydhO6kMjtD_DrRTIGkyHURgccm0UlXJyoKPgPlztz32bcGQjX_ZEpvc4

LEAVE A REPLY

Please enter your comment!
Please enter your name here