“Imponen la sanción consistente en diez (10) días de arresto y multa equivalente a diez (10) salarios mínimos legales mensuales vigentes Alcalde de Riosucio, Chocó, por desacato a fallo de tutela.

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El Alcalde de Riosucio, Chocó, Conrad Valoyes Mendoza, ha sido sentenciado a diez días de arresto y una multa equivalente a diez salarios mínimos legales mensuales por el Juzgado 003 Promiscuo Municipal de Turbo, Antioquia. La decisión se tomó tras concluir que el Alcalde Mendoza incumplió una orden judicial que garantizaba el derecho al mínimo vital de un demandante.

El incidente de desacato se originó por la falta de pago de las mesadas pensionales por parte del alcalde, a pesar de que una orden judicial previa exigía dicho pago. Según el fallo, esta negligencia es atribuible a la entidad y va en contra de la Constitución Política y los tratados internacionales ratificados por Colombia.

Además, la sentencia enfatiza que el incumplimiento de una orden generada en un fallo de tutela conlleva a una sanción, tal como lo prevé el artículo 52 del Decreto 2591 de 1991. Esta medida está diseñada para garantizar el respeto fundamental al derecho a la salud, que es considerado un derecho fundamental de rango constitucional.

La decisión fue consultada ante los Juzgados del Circuito de Turbo Antioquia, y será notificada y cumplida de acuerdo a lo establecido. La multa impuesta se destinará al Consejo Seccional de la Judicatura de Antioquia.

El alcalde Conrad Valoyes Mendoza tiene la oportunidad de apelar esta decisión. A pesar de la sentencia, la justicia subraya que esta sanción no impide que se deba cumplir con la orden judicial original, y que el incumplimiento continuado de la misma podría llevar a nuevas sanciones.

 

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