Procuraduría destituyó e inhabilitó por 11 años a concejal de San Carlos, Antioquia.

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La Procuraduría Provincial de Rionegro destituyó e inhabilitó por 11 años a Jesús Emilio Guzmán Castaño, en su calidad de concejal del municipio de San Carlos (Antioquia) para el periodo 2016-2019.

Tras analizar las pruebas el fallador de primera instancia evidenció que el disciplinado tomó posesión del cargo el 1° de enero de 2016 y ha venido actuando como tal, pese a que durante el año anterior a su elección intervino en la celebración de dos contratos con la administración municipal de San Carlos, con lo cual se configuró una causal de inhabilidad.

El primero de los contratos que suscribió el 14 de marzo de 2015, como representante legal de la Asociación de Madereros de los Bosques Húmedos de Samaná Norte -Asomasan-, fue un convenio solidario con el objeto de elaborar 14 talleres para generar conocimientos y desarrollar habilidades para el trabajo de asociatividad.

El segundo fue firmado el 2 de julio de 2015, como persona natural, para prestar servicios técnicos para el desarrollo de un convenio de asociación entre el departamento de Antioquia y el municipio de San Carlos, que tenía por objeto el sostenimiento del cacao.

Como una de las normas infringidas el ente de control citó el artículo 43 de la Ley 136 de 1994 que contempla en su numeral 3º. que no podrá ser inscrito como candidato ni elegido concejal municipal o distrital: “Quien dentro del año anterior a la elección haya intervenido (…) en la celebración de contratos con entidades públicas de cualquier nivel en interés propio o de terceros, siempre que los contratos deban ejecutarse o cumplirse en el respectivo municipio (…)”

Así mismo mencionó como vulnerada la Ley 734 de 2002, en cuyo artículo 48, numeral 17 contempla como falta disciplinaria “Actuar u omitir a pesar de la existencia de causales de incompatibilidad, inhabilidad y conflicto de intereses, de acuerdo con las previsiones constitucionales y legales (…)”.

La falta del funcionario fue calificada como gravísima a título de culpa gravísima teniendo en cuenta el daño social causado, que se refleja en la pérdida de confianza de la sociedad en las instituciones públicas.

Contra esta decisión se interpuso el recurso de apelación ante la Procuraduría Regional de Antioquia.

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