Morosos de cuota alimentaria no podrán contratar con el Estado.

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El Congreso definió el establecimiento del registro de deudores alimentarios y determinó que no podrán contratar con el Estado en ninguna modalidad quienes deban cuotas alimentarias.

La iniciativa avalada fue la que crea el Registro de Deudores Alimentarios Morosos, REDAM. Con ellos se busca lograr el cumplimiento de las obligaciones alimentarias que deben los
padres y madres de familia a sus hijos.

Quienes estén inscritos en el REDAM quedarán inhabilitados para contratar con el Estado, para tomar posesión de cargos públicos o de elección popular; y no podrán vender bienes muebles o inmuebles de su propiedad.

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