Procuraduría llama a prevenir delitos de explotación sexual comercial de niños, niñas y adolescentes desde los entornos digitales.

0
172

La Procuraduría General de la Nación hace un llamado a las autoridades nacionales y territoriales para que fortalezcan las acciones de prevención contra los delitos de explotación sexual de niños, niñas y adolescentes, especialmente desde los entornos digitales, espacio en el que los menores de edad invierten la mayor parte de su tiempo.

En el Día Mundial contra la Explotación Sexual Comercial de Niños, Niñas y Adolescentes (ESCNNA), el órgano de control reconoce que este flagelo se presenta en distintos ambientes y modalidades que deben ser objeto de acción por parte del Estado y en esta era digital, impone trascender desde las campañas tradicionales de prevención, para llegar a las redes sociales y a los medios de comunicación en línea.

La Delegada para la Defensa de los Derechos de la Infancia, la Adolescencia y la Familia, Sonia Patricia Téllez Beltrán, aseguró que “como Estado tenemos la enorme responsabilidad de proteger a nuestros niños, niñas y adolescentes de ser víctimas del sexting, el grooming, la sextorsión, el ciberbullying y de la mal llamada pornografía infantil, a partir de reconocer que es en el mundo virtual en donde los menores de edad corren los mayores riesgos de ser atraídos y engañados por quienes aprovechan estos medios para vulnerar sus derechos”.

Téllez Beltrán recordó que la familia y el sector educación cumplen un rol preponderante en estas medidas de prevención y enfatizó en que los padres y las madres de familia tienen la obligación de actualizarse para enfrentar a las nuevas modalidades del delito de explotación sexual comercial y lograr una efectiva protección.

“También, los docentes e instituciones educativas deben reconocer esas prácticas y poder orientar de forma oportuna y clara a sus estudiantes. Igualmente, la sociedad debe actuar para combatir estas modernas prácticas”, señaló.

Para la Procuraduría General no se puede pasar por alto que en Colombia la ley castiga a quienes fotografíen, filmen, graben, produzcan, divulguen, ofrezcan, vendan, compren, posean, porten, almacenen, trasmitan o exhiban, por cualquier medio, para uso personal o intercambio, representaciones reales de actividad sexual que involucre persona menor de 18 años de edad, con penas que van desde los 10 a 20 años prisión.

Lamenta el Ministerio Público que en la mayoría de estos casos los delitos no se denuncian porque las víctimas –niños, niñas y adolescentes–, por temor y vergüenza callan. “Es importante que todos, familia, sociedad y Estado los acompañemos y les hagamos ver no solo los riegos a los que están expuestos sino la importancia de una oportuna denuncia”.

La Procuraduría reafirma su compromiso en la lucha contra la explotación sexual, la trata de personas con fines de explotación sexual, tipos penales en los que a propósito existe una delgada línea de diferenciación que se debe superar en términos de judicialización y persecución del delito y seguirá impulsando todas las acciones que sean necesarias para erradicar todas las formas de violencias sexuales que impidan la garantía de un derecho a la libertad, integridad y formación sexual de niños, niñas y adolescentes.

LEAVE A REPLY

Please enter your comment!
Please enter your name here